Obligaciones fiscales de los músicos: una guía práctica para bandas musicales

Si eres músico y estás pensando en dar de alta tu banda en el SAT, es importante que conozcas las obligaciones fiscales que esto conlleva. En este artículo, te proporcionaremos una guía práctica para que puedas cumplir con tus obligaciones tributarias de manera adecuada.

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4/25/20243 min read

Darse de alta en el SAT
Trámite de la Contraseña de tu RFC

El primer paso es obtener la Contraseña, antes conocida como CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial), si aún no lo tienes. Puedes realizar este trámite a través del portal SAT ID. Esta contraseña es fundamental para realizar diversos trámites desde el portal del SAT, como presentar las declaraciones de impuestos o ingresar al buzón tributario.

Trámite de la e-firma

Después de obtener tu contraseña, es necesario tramitar tu firma electrónica (también conocida como FIEL y E-Firma). Esto se hace mediante una cita en el SAT. Solo necesitas llevar una identificación oficial, comprobante de domicilio, RFC, CURP, correo electrónico, una USB y tu cita impresa. La E-Firma es esencial para realizar trámites fiscales en línea. Debes resguardarla en un lugar seguro, ya que contiene tus datos biométricos y es considerada como una herramienta que sustituye tu firma autógrafa.

Alta de la Actividad Económica ante el SAT

Una vez realizado lo anterior, es necesario que te des de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como contribuyente. Los músicos tienen la opción de registrarse como Persona Física con Actividad Profesional o, si sus ingresos no superan los 3.5 millones de pesos al año, pueden optar por el Régimen Simplificado de Confianza. Si te asociarás con otros músicos, lo ideal sería constituir una Sociedad Mercantil.

Al darte de alta en el SAT, estarás obligado al pago de los impuestos ISR e IVA, los cuales son fundamentales para el correcto funcionamiento de tu actividad musical.

En este artículo nos enfocaremos en el régimen de Persona Física con Actividad Profesional, Estas son las principales obligaciones:

Pago mensual provisional del ISR

Como músico, estarás obligado a realizar pagos mensuales provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Este impuesto se calcula en base a tus ingresos y gastos, y debes realizar el pago correspondiente antes del día 17 de cada mes.

Es importante llevar un registro detallado de tus ingresos y gastos para poder determinar correctamente el monto a pagar por concepto de ISR. Recuerda que tienen que estar amparados con un CFDI y puedes deducir gastos relacionados con tu actividad musical, como instrumentos, equipo de sonido, transporte, entre otros.

Pagos mensuales definitivos del IVA

Además del ISR, los músicos también están obligados al pago mensual definitivo del Impuesto al Valor Agregado (IVA). El IVA se aplica a la venta de tus servicios musicales, como la realización de conciertos o la impartición de clases de música.

El monto a pagar por concepto de IVA se calcula aplicando la tasa del 16% correspondiente a tus ingresos gravados. Si prestas servicios a una Persona Moral esta te retendrá dos terceras partes del IVA (10.666%). Recuerda que puedes solicitar las facturas de tus gastos para poder deducir el IVA pagado.

Declaración anual del ISR

Además de los pagos mensuales provisionales del ISR, también debes presentar una declaración anual. Esta declaración se realiza al finalizar el ejercicio fiscal en el mes de Abril y debe incluir todos tus ingresos y gastos del año. Es importante llevar un buen registro contable de tus actividades para poder presentar una declaración anual precisa y evitar cualquier problema con el SAT.

Darse de alta como patrón en el IMSS

Si tu banda musical cuenta con empleados, también debes darte de alta como patrón en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Esto te permitirá cumplir con tus obligaciones en materia de seguridad social y asegurar a tus empleados.

Al darte de alta como patrón en el IMSS, estarás obligado a realizar los pagos correspondientes a las cuotas patronales, las cuales se calculan en base al salario de tus empleados.

Pago del Impuesto Sobre Nómina (ISN)

Además de las obligaciones fiscales mencionadas anteriormente, si tienes empleados también debes realizar el pago del Impuesto Sobre Nómina (ISN) a la Secretaría de Finanzas. El ISN se calcula aplicando una tasa sobre el total de la nómina de tus empleados.

Es importante llevar un registro detallado de los salarios y retenciones de tus empleados para poder calcular correctamente el monto a pagar por concepto de ISN.

Si tienes alguna pregunta o necesitas asistencia adicional, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estamos para servirte.